El Ministerio de Empleo y Seguridad Social ha publicado recientemente en el BOE el nuevo modelo de recibo individual de salario que las empresas han de facilitar a los trabajadores. La principal novedad es que se incrementa la información aportada al empleado respecto a la cotización de la Seguridad Social por parte de la empresa. Hasta ahora el documento de la nómina solo incluía la parte proporcional que paga el trabajador. Con el nuevo modelo de recibo de salario se informa de la parte que del pago de la Seguridad Social que corresponde a la empresa. La orden que lo modifica se publicó el 6 de noviembre de 2014, concediendo un plazo de seis meses para que las empresas actualicen sus programas de emisión de nóminas.
La idea que ha impulsado al Ejecutivo a modificar el modelo de nómina de los trabajadores está sustentada en incrementar la información que recibe el trabajador sobre su base de cotización y su futura pensión de jubilación; atendiendo a la Ley general de la Seguridad Social y el Reglamento de cotización. Esta tendencia viene fraguándose desde hace unas décadas, informando periódicamente al trabajador sobre su cotización y previsible jubilación. La información debe servir al cotizante para establecer una pensión aproximada de jubilación y tomar medidas al respecto, bien sea aumentando la base de cotización o contratando un plan de pensiones anexo. Esta información se suma a la que indica lo acumulado en la “cuenta” del trabajador durante su vida laboral, cuya notificación corresponde a la Seguridad Social.
El Pacto de Toledo (concerniente a las cotizaciones y prestaciones de la Seguridad Social) recomendó tomar medidas para que los trabajadores, a su vez, tomen conciencia de la importancia de la cotización en su vida laboral de cara a la jubilación. Una medida que pretende llamar la atención a los no cotizantes para regular su situación con la Administración. Así mismo, se pone de manifiesto la solidaridad del sistema de presentaciones de la Seguridad Social, de la que debe tener constancia el conjunto de los cotizantes.
En atención al artículo 104 de la LGSS se alude a la necesidad de informar por parte de las empresas a sus propios trabajadores sobre la aportación que estas realizan en su nombre la Seguridad Social. Lo que viene a corregir el nuevo modelo de recibo de nómina, cuya aplicación entrará definitivamente en vigor en el plazo de seis meses.
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